POLICÍA LOCAL DE TARIFA (Página no oficial)

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domingo, 12 de septiembre de 2010

En Barcelona: Iª Jornada sobre balística de efectos, cartuchería de uso policial y fisiología del enfrentamiento armado

INTERNATIONAL POLICE ASSOCIATION (I.P.A.) Sección Española – Comunidad Autónoma de Cataluña Secció Espanyola – Comunitat Autònoma de Catalunya AGRUPACIÓ DE VILADECANS Organització amb estatus consultiu davant el Consell Econòmic i Social de les Nacions Unides i del Consell d’Europa OFICINA

I.P.A. VILADECANS Organiza:
Iª Jornada sobre balística de efectos, cartuchería de uso policial y fisiología del enfrentamiento armado
¿De verdad crees que tu arma de servicio dispara proyectiles eficaces? ¿Vas a seguir creyendo todo lo que te han contado sin intentar averiguar si es todo cierto…? ¿Por qué actuamos como lo

hacemos en casos de vida o muerte? ¿Por qué no siempre podemos hacer todo lo que nos han enseñado en la galería de tiro?


Tras un enfrentamiento armado, ¿por qué no siempre recordamos todo lo ocurrido? ¿Trabajas con compañeros y jefes que creen que nunca pasa nada? ¿Estás cansado de argumentar que siempre puede pasar lo que nunca has imaginado?
Si eres un Policía comprometido con la realidad y quieres mejorar tus conocimientos técnicos en balística de efectos, cartuchería de uso policial y

fisiología humana en enfrentamientos armados o “a vida o muerte”, ¡¡¡INSCRÍBETE YA!!!

¡Ya está bien! No sigas creyendo cosas que no son ciertas. Deja de creer en leyendas urbanas. Te va a gustar y te va a servir ¡Te estamos esperando!

1ª Parte: BALÍSTICA DE EFECTOS Y CARTUCHERÍA METÁLICA
Conceptos como la transferencia de energía de los proyectiles en el instante del impacto, la Punta Hueca (no es ilegal para las FYCS españolas), diferentes nomenclaturas de los cartuchos nacidos en la Europa Continental, fuera de ella y en América.

2ª Parte: FISIOLOGÍA HUMANA DURANTE UN ENCUENTRO HOSTIL
Los pasos que siguen todos los órganos humanos desde que se detecta una grave acción, y el camino que se sucede durante la defensa o la huída de esa acción. Técnicas de tiro instintivas y naturales que nacen sin ser instruidas y que se contradicen con las técnicas que durante años se nos han enseñado en las academias.

3ª Parte: LA REALIDAD DEL ENCUENTRO ARMADO
Descubrirás, por ti mismo, que la realidad del encuentro armado está totalmente alejada de las mentiras que se nos cuentan en las galerías de tiro. En España, aunque muchos parecen no querer verlo, hay muchos casos de agentes atacados, heridos y/o muertos.

La gran ventaja: cartucho en recámara. Si vienes, obtendrás argumentos para poder demostrar que montar el arma ante un delincuente, cuando el ataque está en curso, no sirve para hacer deponer la actitud hostil. Consigue argumentos a favor del uso de la Doble Acción o acciones similares.

La ignorancia y cobardía están sentadas en cómodos sillones de mando.

Vamos a ver las circunstancias que, de modo omnipresente, aparecen en la mayor parte de enfrentamientos armados entre policías y delincuentes. En base a las conjeturas que se obtengan, deberán, todos ustedes, de organizar sus entrenamientos de tiro con armas de fuego.

Expone: Ernesto Pérez Vera
Comenzó su carrera profesional como militar a temprana edad, posteriormente pasó al sector privado donde ejerció de auxiliar de investigación privada, vigilante de seguridad y escolta privado.

Ernesto, en la actualidad, es agente de Policía en La línea (Cádiz) y ha estado siempre asignado a Unidades de Seguridad Ciudadana y a esporádicos servicios de Protección de Autoridades Locales. También estuvo al mando de la Unidad Especial de Policía Local de La Línea, hoy GESC.

Ernesto es Instructor de tiro acreditado por la Academia de policía de la Comunidad de Madrid, y miembro de la Asociación Española de Instructores de Tiro Policial (AEITP).

Desde 2008 es Redactor de la Revista Internacional, de temática Defensa/Seguridad: War Heat Internacional, de la editorial War Press, poseyendo, por tanto, acreditación de Prensa.

Lamentablemente, Ernesto ha pasado por una dura situación de vida o muerte, motivo por el cual, aún en situación de activo, ha sido declarado Incapacitado Permanente Parcial para el servicio. Ernesto sabe lo que es salir vivo de un grave encuentro en el que tuvo que hacer uso de su arma de fuego.

Fecha: 9 de noviembre de 2010

Horario: de 16:00 a 21:00 horas

Lugar: Auditorio de Can Calderón, Carrer d'Andorra, 64 08840 Viladecans

Precio: 30 € los socios IPA y 40 € los no socios

Incluye: diploma de asistencia, camiseta

Dirigido a: Miembros de las FCSE, servicios emergencias y seguridad privada.

Para más información y reserva de plazas contactar con: Alex Pérez en el teléfono 630 41 28 55 o por mail: alex_ipaviladecans@hotmail.es

Colaboran: Ayuntamiento de Viladecans, Gim Defensa y Motivación y Equipamiento Policial GAMS

Si quieres una plaza, realiza la transferencia bancaria por el importe del curso en: Banesto Núm. Cuenta: 0030-2196-79-0000589272 Especificar Nombre, Apellidos y nombre del Curso

miércoles, 14 de abril de 2010

LEGALIDAD DE LAS PUNTAS HUECAS EN LAS F.Y.C.S. DE ESPAÑA

Ernesto Pérez Vera
Instructor de Tiro Policial y Defensivo

A menudo, se oye en los medios de comunicación que, las municiones con Puntas Huecas están totalmente prohibidas en España. Algunos dicen que, incluso están prohibidas para los propios agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. No solo los informadores de prensa se manifiestan en esos términos, sino que, es frecuente oír la misma afirmación de boca de agentes policiales, Jefes o Instructores de Tiro de las propias Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, esto último, es más lamentable que oírlo en la prensa no especializada.

Hasta cierto punto es comprensible que los periodistas o informadores de los medios de comunicación, cometan esos errores, metiéndose en pantanos de fango de los que no pueden o no saben salir. Es compresible porque ellos no son juristas ni son profesionales de las armas y la seguridad, y además, más justificación tienen al errar en sus aseveraciones, cuando descubren al público, que la fuente de información periodística es un funcionario de la F. y C. S.

Con frecuencia, y ligereza, a los agentes policiales, tenga la categoría profesional que tenga y sean del Cuerpo que sea, se les suele considerar expertos en determinadas materias, principalmente, en estos asuntos.

De una vez por todas, se debe zanjar el tema de la legalidad de las Puntas Huecas en España. Y también de una vez por todas, digamos a los seudo expertos aquello de: ‹‹zapatero, a tus zapatos››

Para entender un tema hay que estudiarlo, y además, a fondo y pormenorizadamente, eso, es lo que haremos, ahora, aquí con el vigente Reglamento de Armas y con los proyectiles de Punta Hueca.

El Real Decreto 137/93 de 29 de enero, aprueba el Reglamento de Armas, actualmente en vigor, y en su artículo 1º, 4º dice textualmente:

“QUEDAN EXCLUIDOS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE ESTE REGLAMENTO, Y SE REGIRAN POR LA NORMA ESPECIAL DICTADA AL EFECTO, LA ADQUISICIÓN, TENENCIA Y USO DE LAS ARMAS POR LAS FUERZAS ARMADAS Y LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD. PARA EL DESARROLLO DE SUS FUNCIONES TAMBIÉN QUEDAN EXCLUIDOS LOS ESTABLECIMIENTOS E INSTALACIONES DE DICHAS FUERZAS Y CUERPOS”

Otro artículo de esta, vigente, norma jurídica, es también de especial interés en el tema que nos ocupa, me estoy refiriendo al artículo 5º, f. Este artículo dice:

Artículo 5º “QUEDA PROHIBIDA LA PUBLICIDAD, COMPRA VENTA, TENENCIA Y USO, SALVO POR FUNCIONARIOS ESPECIALMENTE HABILITADOS, Y DE ACUERDO CON LO QUE DISPONGAN LAS RESPECTIVAS NORMAS REGLAMENTARIAS DE:”

f.- “LAS MUNICIONES PARA PISTOLAS Y REVÓLVERES CON PROYECTILES DUM-DUM O DE PUNTA HUECA, ASÍ COMO LOS PROPIOS PROYECTILES.”

De todo lo anteriormente expresado, y, textualmente, extraído del Reglamento de Armas, se desprende sin género de dudas que:

1º.- En España, la cartuchería de Punta Hueca, solo está prohibida para ser usada por armas cortas (pistolas y revólveres) así pues en armas largas se pueden usar. De hecho, son las más usadas en monterías o caza mayor, naturalmente, con armas largas. No obstante, existen armas largas, en nuestro país, que están recamaradas en calibres tradicionalmente de pistola o revólver, por ello, es muy habitual ver a personas que, en cacerías o clubes de tiro, usan carabinas de cerrojo, palanca o semiautomáticas, en calibres tales como: 9mm Parabellum ó .357 Magnum, por ejemplo.

Quiere eso decir que, un usuario de carabina, del calibre 9mm Parabellum, podrá adquirir y usar de modo legal munición con Punta Hueca, aún siendo ese tirador, un civil “de arma larga”. Pero NO podrá usar en sus armas cortas (si las poseyera) esos mismos cartuchos.

2º.- Otro punto que debe quedar claro tras el análisis de los artículos precedentes es que, los funcionarios especialmente habilitados, SÍ pueden portar y usar los cartuchos de Punta Hueca. El dilema es… ¿Quiénes son esos funcionarios ESPECIALMENTE HABILITADOS de los que habla el Reglamento de Armas…?. La respuesta es tan sencilla, que la gente no la ve, aún estando en sus narices. A menudo la gente que habla de estos temas dice, y lo dice por que lo cree, y lo cree porque lo oyó a alguien a quien consideró experto que, solo agentes de unidades especiales del Cuerpo Nacional de Policía o de la Guardia Civil, están autorizados para hacer uso de las Puntas Huecas en sus armas.

Es un error creer eso, la cosa es mucho más sencilla. Todo funcionario está obligado a usar el material que le sea entregado por su administración, así pues, y por ejemplo, será obligatorio que un agente de la G.C., utilice la munición que de dotación le es entregada por sus jefes o responsables de armamento y material; del mismo modo ocurre en el C.N.P., y como no podría ser de otro modo, también en los cuerpos de Policía Local y Autonómicos, ocurre lo mismo.

De este modo, si el Ayuntamiento, en el caso de Cuerpos de Policía Local, adquiere munición de punta de plomo y la entrega a sus funcionarios, esa debe ser la munición a emplear de modo oficial y reglamentario, por los agentes. Y si el Ayuntamiento, por consejo de un especialista, decide adquirir munición de Punta Hueca, y con ella dotar a sus agentes, pues ya, se debe tener a tal munición por material reglamentariamente adjudicado.

3º.- El punto anterior está directamente ligado al hecho de que, el artículo 1º, 4º del Reglamento de Armas, dejó meridianamente claro, lo siguiente: las F. y C.S. (CNP, GC, Cuerpo dependientes de las Comunidades Autónomas y Cuerpos de Policía Local) están excluidos de la aplicación del Reglamento de Armas, en lo que concierne a ADQUISICIÓN, TENENCIA Y USO DE ARMAS. Eso, incluye un componente tan vital como son los cartuchos que usan esas armas.

De forma clara, se entiende que cada Cuerpo dictará normas al respecto, así pues el Cuerpo de Policía Local que con buen criterio decide adquirir cartuchos de Punta Hueca, para entregar a sus agentes, podrá hacerlo sin ningún tipo de temor o cortapisa por parte de la Intervención de Armas de la Guardia Civil. Pese a parecer tan sencillo, y lo es, es muy frecuente detectar reticencias por parte de las Intervenciones de Armas de la GC, no se si por desconocimiento, o si lo hacen por otros motivos, pero el caso es que las reticencias, existen. A veces, creo que, también por complejos y prejuicios de los solicitantes.

Una vez aclarados puntos vitales; sería bueno dejar plasmado aquí aunque sea de una forma muy somera y básica, las ventajas de la cartuchería de Punta Hueca.

Dos son las ventajas que más se pueden destacar, en este tipo de cartuchos, frente a los usados de modo tradicional en nuestras F. y C.S. El más ventajoso de los factores es el de la mayor Transferencia de Energía al cuerpo impactado, entendiendo, en este caso, por Transferencia de Energía: ‹‹la capacidad que tiene un proyectil para transferir la energía, que aún pudiera conservar, al cuerpo contra el que impacta››

A mayor transferencia, más deformación del proyectil (variación de su forma) y a más deformación de ese proyectil, más masa será destruida, en el cuerpo impactado. Con una mayor deformación, también será mayor, la herida provocada en el impacto y durante la penetración y recorrido a través de los órganos afectos. El canal de salida de sangre, también debería ser mayor.

Es un error, muy común, creer, y decir que, la Punta Hueca es más perjudicial para el uso policial, o decir aquella frase que con frecuencia se oye en prensa y tertulias, y que viene a decir eso de: “la Punta Hueca MATA más..”. Insisto en que es un error. Si usamos Punta Hueca, de cierta calidad, en un caso de legítima defensa amparada por nuestro ordenamiento jurídico, y siempre que, ese o esos disparos se coloquen en la zona del cuerpo deseado, es más que probable que, con pocos disparos dejemos fuera de combate al agresor.

Quizás con uno o dos disparos bien “colocados”, consigamos un K.O. Mientras que, con proyectiles de plomo, blindados o semiblindados y situando los impactos en la misma zona del cuerpo, es, casi seguro que, el sujeto continuará en su intento de abatirnos, obligándonos a seguir disparando contra él. Por ello, a veces, para derribar y neutralizar una agresión, se deben hacer uso de demasiados impactos contra el atacante, mientras que, en la mayoría de ocasiones en que se usó proyectil de Punta Hueca, con pocos disparos se pudo neutralizar el avance lesivo del atacante.

Como ejemplo de lo anteriormente expresado, recordemos el caso real siguiente: El 28 de noviembre de 2008 en la ciudad alicantina de Petrer, se produjo un tiroteo entre dos atracadores, de una entidad bancaria, y agentes de la P.L. y del C.N.P. Como resultado de la refriega, dos agentes del C.N.P. resultaron heridos por los disparos, uno de ellos recibió tres impactos, de los cuales uno, impactó en la mandíbula. Los atracadores también recibieron varios disparos. Uno de los delincuentes acabó herido por dos impactos en el pecho y el otro falleció tras recibir siete impactos repartidos por distintas partes de su cuerpo. Incluso cuando, el atracador, ya había recibido los tres primeros disparos, seguía esgrimiendo su arma, en dirección a los agentes. En este caso, los agentes de ambos cuerpos, usaron proyectiles semiblindados tradicionales.

Siempre será mejor justificar judicialmente dos disparos, aunque sean de Punta Hueca, en el cuerpo del agresor, que no tener que justificar siete disparos con proyectiles de los más tradicionales y comunes, como son: los de plomo, los blindados o los semiblindados. Los tres tipos de proyectiles referidos, son los más ampliamente usados en España, no solo a nivel policial y defensivo, sino deportivamente.

La segunda ventaja que aporta la Punta Hueca frente a las tradicionales “puntas” es, la menor sobrepenetración. Quiere eso decir que, un proyectil tradicional de los mencionados antes, es capaz de provocar heridas graves a terceros una vez que, el proyectil, atraviese el cuerpo del sujeto primeramente elegido como objetivo. De hecho es muy habitual que los proyectiles comunes, sobrepenetren sus blancos y continúen un errático recorrido, sin que el tirador que los disparó, pueda predecir donde, cuando y contra que objetivo se detendrá en su recorrido. (Ocurrió en Madrid hace un año, durante un tiroteo en plena calle)

Las Puntas Huecas, dada su mayor facilidad de deformación al impactar, y durante la transferencia de energía, no suelen abandonar el cuerpo impactado, quedando, normalmente, alojados en algún órgano corporal, del sujeto que recibió el disparo. En los casos en que sí abandona el cuerpo impactado, suelen hacerlo con poca capacidad lesiva, evitando con ello daños colaterales. Tengan siempre presentes esta frase: ‹‹CUANDO UNA BALA NO DA EN SU OBJETIVO, ES QUE NO DA DONDE QUERÍAMOS Y SI NO DA DONDE QUERÍAMOS...DARÁ DONDE NO QUERÍAMOS››

Son muchos los que aún creen que las puntas semiblindadas y las de plomo, aventajan a las blindadas de igual calibre, en lo relativo a efectos favorables a la incapacitación física del agresor, es un error, créanme. Las puntas de plomo, blindadas, frangibles y semiblindadas se comportan casi de idéntica forma, siempre que impacte en las mismas zonas corporales. De verdad, las diferencias son mínimas. Este tema lo dejamos para otro artículo aparte, porque da para escribir mucho.

A modo de referencia y ejemplo, puedo decir que son muchos los Cuerpos de Policía Local en nuestro país, los que usan como dotación oficial diversos tipos de cartuchos con Puntas Huecas. Recientemente la P.L. de Alcázar de San Juan, en Ciudad Real, con una plantilla de agentes bastante reducida, ha comenzado a portar cartuchos Remington Golden Saber HPJ en sus armas de dotación.

Casi al mismo tiempo, varias plantillas de P.L. de la C.A. de Extremadura, de Madrid y de la Provincia andaluza de Córdoba, han entregado este tipo de cartuchos, a sus agentes. Hace tiempo, quizás más de quince años, se comenzó a entregar de modo oficial a los agentes de P.L. de Rianxo, en la provincia La Coruña, este mismo tipo de cartuchería para sus pistolas Glock. Por cierto, fueron casi pioneros en España, en el empleo de esta marca de pistolas. Podría seguir enumerando más municipios, en los que se usan cartuchos de Punta Hueca, pero me quedo solo con estos pocos ejemplos de ciudades, donde, me atrevo a decir que, existe poca incidencia criminal, pero aún así, tienen agentes que van especialmente bien dotados de material. Seguramente, se dejaron asesorar eficazmente por un profesional del tema

A nivel de cuerpos estatales, también se usan. En sus armas cortas y subfusiles, por ejemplo, los agentes del GEO, UEI y GOES, usan munición de punta hueca, normalmente, Golde Saber. También, algunas unidades, o equipos de protección de personalidades, usan este tipo de cartuchos.■

PUBLICADO EN REVISTA ARMAS.ES Nº13 DE DICIEMBRE/ENERO 08/09
PUBLICADO EN REVISTA WAR HEAT INT. Nº83 DE NOVIEMBRE DE 2009

jueves, 25 de marzo de 2010

NOMENCLATURA DE LA CARTUCHERÍA METÁLICA

Ernesto Pérez Vera
Instructor de Tiro Policial y Defensivo


Este es un tema muy interesante y que no todos los profesionales conocen profundamente, y de ahí, la cantidad de errores que se suelen cometer a la hora de hacer referencia a un cartucho o calibre determinado.

Muchas veces, el error más habitual lo detectamos en conversaciones con otros agentes de policía, sean del cuerpo que sean. El tema es muy desconocido, por lo general, entre los profesionales del ramo, sin que la pertenencia a determinados cuerpos o unidades pueda atribuir maestría y dominio del asunto. También, es habitual oír en televisión y en los demás medios de prensa, como profesionales de la información dicen verdaderas barbaridades al hablar del arma y/o cartucho que determinados delincuentes, o agentes de policía, usaron en la acción protagonista de la noticia.

Los cartuchos suelen estar identificados con un nombre o denominación que está compuesto, normalmente, por alguna cifra seguida, a veces, de otra cifra o de un nombre. La cifra suele ser el diámetro o calibre, bien del arma para el cual se diseñó el cartucho, o bien el diámetro del propio proyectil. La segunda cifra suele ser la longitud de la vaina o casquillo, o también puede ser el peso del proyectil o de la Carga de Proyección (peso de la pólvora que contiene la vaina) A veces, incluso la segunda cifra que sigue a la del calibre o diámetro, puede ser la velocidad que se estima aproximada a la que tendrá el proyectil en la salida desde la boca de fuego, lo que se llama Velocidad Inicial. Otras veces, es el año de diseño del cartucho o el año en que dicho calibre fue adoptado reglamentariamente por un ejército concreto.

Es por lo que el cartucho que aquí en España denominamos 9 m/m Parabellum, es conocido también en otros países con la denominación de 9x19 m/m ó 9 m/m Luger, pero en todos esos casos nos referimos a un mismo calibre/cartucho. Según el país donde se fabrique o según el origen del fabricante, etc., unos lo denominan de un modo o de otro.

Recordemos que el calibre 9 m/m Parabellum, fue diseñado por George Luger en 1902 para la pistola Luger P08. Esta pistola fue denominada Pistola Parabellum, de ahí que ciertos fabricantes usen, para definir al cartucho, una u otra denominación. Es más, cada vez es más común ver que se le denomina 9x19mm, significando esto, que el diámetro del proyectil es de 9 m/m y que la longitud de la vaina es de 19 m/m.

Este sistema de nomenclatura que hemos visto en el archipopular calibre 9m/m Parabellum, es el sistema más usado en Europa; es un sistema basado en el sistema métrico decimal de amplia o casi total implantación en el viejo continente.

Otro calibre muy popular en España, dentro del seno de las FYCS y de las FAS, es el 9 m/m Corto, el cual recibe otras denominaciones en otras partes del planeta, ya sea por el sistema de medida del país en cuestión o por la norma del fabricante. Así pues, en los países que utilizan el sistema métrico decimal, se conoce a este calibre como 9 m/m Kurz ó 9x17 m/m y en las zonas del planeta con influencia anglosajona se le conoce como .380 Automático ó .380 Auto.

Existe otro sistema de denominación de calibres y cartuchería, es el sistema usado en los países anglosajones o países de histórica influencia anglosajona, por ejemplo EEUU, Gran Bretaña, Canadá, Australia, etc. En estos Estados, el sistema de medición es bien distinto al usado en nuestro país, ellos no usan el metro, ni el centímetro ni el milímetro, sencillamente ellos NO usan el sistema métrico decimal y utilizan la pulgada para sus mediciones. También usan otras medidas para medir las velocidades y pesos, por ejemplo.

El sistema usado en esos países, a veces, es más complejo. Aún conociendo el sistema, son muchas las ocasiones que uno debe pensar un poco para saber de que cotas o medidas estamos hablando. No ocurre tanto, cuando se habla de los cartuchos más comunes o más cercanos, como son, por ejemplo, el calibre .22LR, el .38 Spl, .357 Magnum ó el .45 ACP, quizás estos sean los cartuchos de armas cortas (aunque todos esos son usados por armas largas también) de origen anglosajón que más uso tienen en España, aunque cada día el .40 SW tiene más aceptación tanto en calibre para defensa y seguridad con en tiradas de recorridos de tiro, las llamas tiradas de IPSC.

El error más común de los aficionados, y profesionales de las FYCS y FAS, es denominar a estos cartuchos del siguiente modo…”22 milímetros, 45 milímetros, etc.…” El error está en creer que al igual que un 9 m/m Parabellum, estos cartuchos de origen anglosajón deben ser “apellidados” con lo de: milímetros.

Los que de ese modo equivocado así se expresan, olvidan o desconocen que no se habla de milímetros al hablar de un calibre .45, de lo contrario, el diámetro de la boca de fuego del arma y el diámetro del propio proyectil del cartucho, sería del tamaño de una pelota de tenis y estaríamos hablando de armas militares de tiro antiaéreo o antitanque.

Para poder comprender mejor el sistema, es necesario saber que 1 pulgada equivale a 25,4 m/m, de ese modo, al decir que un cartucho es del calibre .45 ACP estamos diciendo que tiene un diámetro de 0,45” (“ = Pulgada) por lo tanto, habría que hacer una sencilla operación matemática que consiste en multiplicar 0,45 x 25,4. El resultado que se obtenga en milímetros, será el diámetro en dicha medida, que posee el proyectil; de ese modo, un calibre .45 ACP (u otros tipos como el .45 Long Colt, por ejemplo) posee en milímetros el siguiente diámetro, 11,43 m/m. Como, para el ejemplo, he elegido al calibre .45 ACP, debo significar que las siglas ACP significan Automatic Colt Pistol.

Otro ejempLo, el famoso .38 Especial, tan usado durante años por la policía del todo mundo. Este calibre está plenamente vigente en España en los revólveres de 4” de cañón, que reglamentaria usan los Vigilantes de Seguridad. Con el .38 Especial, habría que volver a hacer la misma operación aritmética, a saber:

0,38 x 25,4 = 9,6 m/m

Como ven, el calibre .38 Especial posee, en principio, un diámetro de algo más de 9 m/m, como el actual calibre de dotación en los cuerpos policiales españoles -el 9 m/m Parabellum- pero debo hacer un comentario que algunos desconocen y que a los neófitos puede despistar.

El famoso .38 Especial recibió ese nombre cuando, en realidad, su verdadera medida de diámetro es 0,357 pulgadas. Ocurre que, al fabricante le pareció una cifra excesivamente larga (.357, para el “inventor”, eran muchos dígitos) Además, esto ocurría en una época, 1902, en la que ya existían muchos calibres con la nomenclatura 38, por ejemplo el .38 Long Colt y otros más, así pues la casa S&W -fue la creadora- decidió por marketing y por popularidad, mantener el nombre de .38 y “apellidarlo” Especial para distinguirlo de los ya existentes. Por ello, “redondeó” la cifra.

Cuando en 1935 nación el calibre .357 Magnum para ser usado en el revólver S&W mod. 27, los responsables de su nacimiento, usaron un cartucho de .38 Especial y le alargaron la vaina en algo más de 3 m/m. Ahora, no se usó la cifra “38” para dar nombre y apellido al nuevo cartucho, sino que usaron las verdaderas medidas, eso es, 0,357 pulgadas.

En este artículo, se han tratado ejemplos y calibres de los más cercanos para los usuarios policiales españoles, pero existen infinitos calibres y cartuchos, muchos de los cuales merecen estudio y análisis aparte. Quizás en otro momento, vayamos a por ellos. También debo decir que con calibres de arma larga ocurre exactamente lo mismo, pero me he querido centrar sólo en ejemplos de calibres, primordialmente, de armas cortas.■