POLICÍA LOCAL DE TARIFA (Página no oficial)

jueves, 22 de abril de 2010

¿…PISTOLA O REVÓLVER...? el eterno dilema

Ernesto Pérez Vera
Instructor de Tiro Policial y Defensivo


¿PISTOLA O REVÓLVER?, esta es la pregunta más común, que se hace un agente de policía o un particular con licencia de armas tipo B (licencia que permite el uso y porte de armas cortas para defensa en la calle y domicilio, a ciudadanos particulares y a funcionarios o autoridades que no sean miembros de las FYCS, FAS o SVA. Esta licencia, es renovable cada tres años) cuado decide adquirir un arma para su defensa y seguridad personal.

Es un dilema sempiterno; pocos son los que tienen claro desde el principio, que tipo de arma es la que quieren. Cada día es más frecuente que los usuarios de este tipo de armas –de defensa- opten casi sin dudarlo por la pistola, si bien existen todavía muchos revólveres en manos de agentes de policía y ciudadanos con la referida licencia tipo B.

Cuando algún compañero me pide consejo sobre que tipo de arma comprar, siempre le hago una serie de preguntas, casi una encuesta. El dilema NO debe ser ¿que quiero comprar? sino que necesito comprar…, comprar por moda o por mal consejo de una persona cercana, es muy común y suele ser poco práctico.

Un policía que compra un arma para su defensa en horarios fuera de servicio o un particular que la necesita para su defensa, debe tener claras unas cuantas cuestiones:

1º.- ¿Va a portar el arma siempre que salga a la calle? ¿Quizás la quiera solo para guardarla en casa y esporádicamente portarla en la vía pública?

2º.- ¿Va a entrenar mucho y sacar partido y rendimiento al arma? ¿Entrenará tiro de diversión, de precisión o de defensa? ¿Qué calibre busca o necesita?

3º.- ¿De que presupuesto dispone?

Existen más preguntas, pero quizás, estas son esenciales. Si el arma la quiere o necesita para autodefensa, el arma debe tener una envergadura que permita su porte de modo cómodo y discreto, o sea, eficazmente. Si solo quiere el arma para guardar en casa y acudir alguna vez al campo de tiro, el tamaño ya no importa tanto.

Un error frecuente es: comprar el arma para entrenar y esporádicamente portarla. La mayoría de los que hacen eso, compran un arma enorme para sacar más partido a la precisión durante las tiradas de precisión deportiva en el club de tiro y cuando deciden portarla de paisano, se dan cuenta de que el arma es imposible de ocultar con discreción y eficacia. Al final el arma acaba siendo abandonada en un cajón de casa o siendo vendida.

Otros adquieren armas en calibres exuberantes y/o muy potentes, como el 10mm Auto ó .357 Sig, .45 ACP, 5,7x28mm etc. (el último de los referido es solo vendido a Cuerpos y Unidades de las FAS y FYCS), calibres acertados para la defensa pero de precio alto y a veces, según la zona de de España, difíciles de encontrar, sobre todo los dos primeros. Así pues, los que hacen eso, tendrán armas potentes y de tal calibre, que tendrán garantías de eficacia para defensa. Pero seguramente, las armas no serán eficaces en sus manos, pues no habrán obtenido el entrenamiento adecuado –por falta de munición abundante- por ello, el tirador acabará aburrido y cansado de comprar munición cara….si es que la encuentra.

El presupuesto a gastar es algo importante también, algunos creen que por gastar mucho dinero en el arma, ya serán buenos tiradores o serán tiradores seguros y por ello algunos, tras el gran desembolso económico, cierran el grifo y no invierten en la funda porta arma adecuada o en la cantidad de munición acertada para entrenar de modo periódico.

Una cosa fundamental es, que el calibre debe ser de los que permita presumir sacar un buen resultado neutralizador del agresor. La munición debe ser de fácil adquisición para poder entrenar con la frecuencia necesaria. Las características del arma, deben permitir poder controlarla en tiro rápido, esto está ligado a la potencia del cartucho empleado. Que posea una buena capacidad de cargador y sea de fácil porte y ocultación con las prendas de vestir habituales del usuario, también es muy deseable.

La mayoría de los que optan por el revólver, lo hacen por los llamados DOS PULGADAS, o sea por los de cañón con 2” de longitud, esto es algo que algunos desconocen y les llaman DOS PULGADAS a los revólveres que aparentemente sean pequeños, sin saber que por debajo del típico 4”, digamos que este ya es “grandecito”, están los de 2”, 2,5”, 3”, etc.

Bien, pues de esos que optan -cada día menos- por revólver de 2”, suelen encontrarse personas que simplemente adquieren el arma por el buen precio al que se lo ofertan en subastas, tiendas o simplemente un compañero que se jubila o que quiere deshacerse del arma sin más. Ese es el motivo por el cual muchos compran ese tipo de armas. Otros lo hacen porque, erróneamente, creen que el calibre del arma es más potente y eficaz que el más común de los usados en pistola. Como norma general, se suelen adquirir en calibre .38 Especial.

Algunos opinan que el revólver es más seguro que la pistola, bien en el caso de interrupción, o bien en el caso de no necesitar desactivar seguros o montar el arma. En mi opinión es un atraso seguir pensando eso. Admito que en caso de interrupción “sencilla” por fallo del cartucho no percutido (cuando el cartucho no está en condiciones óptimas de conservación) con un revólver puede ser más sencillo solventar la traba, solo hay que volver a presionar el disparador y tendremos otro cartucho enfrentado a la aguja percutura; pero hay que decir que no todas las interrupciones en los revólveres son de fácil y rápida solución, a veces son más sofisticadas que en las pistolas. De todos modos con el adecuado entrenamiento es muy rápido solventar interrupciones en la pistola, por ejemplo, la más complicada de las trabas en la pistola, es la llamada DOBLE ALIMENTACIÓN y aún esa, es bastante rápida de solventar con el adecuado entrenamiento.

El otro motivo por el que algunos creen más eficaz al revólver que a la pistola, es la inmediatez de hacer fuego con el revólver de Doble Acción (todos los que se emplean en seguridad y defensa lo son, de lo contrario se cometería un gravísimo error). Pues bien, también esa inmediatez se alcanza en con las pistolas. Es de todos sabidos, que las pistolas de servicio, seguridad y/o defensa son hoy en día, todas de Solo Doble Acción (DAO), Acción Mixta (S.A y D.A.) o de sistemas similares como el Safe Action de Glock. Existen muchos más mecanismos, pero todos con la ventaja de portar cartucho en recámara con sobresaliente seguridad. Así pues las dos ventajas que algunos ven en el revólver son fácilmente localizadas o alcanzadas en las pistolas modernas.

Contra el revólver, la principal crítica que se vierte es la de su escasa capacidad de fuego, entre cinco y ocho cartuchos en calibres admisibles para defensa, pero si nos centramos en los de tamaño 2”, bajamos a cinco ó seis cartuchos pues los que existen de 8 cartuchos, son de tamaño tal que hacen casi imposible su porte bajo la ropa. También los hay de 9 cartuchos e incluso de alguno más, pero entonces estaríamos hablando de revólveres de calibre .22 tanto del Long Rifle –vulgarmente llamado .22 Largo, siendo el “Largo” otro calibre distinto- o del calibre .22 Mágnum, calibres muy por debajo de lo mínimo aceptable para defensa, si bien el segundo de ellos, supera al primero.

Como ya habrán adivinado, yo soy partidario de la pistola frente al revólver. Hoy, encontramos el mercado inundado de pistolas con pesos y tamaños similares, e incluso por debajo del que tienen la mayoría de los revólveres pequeños que se usan en nuestro país, los cuales suelen ser marca Astra o Llama; en cualquier caso, ninguna de esas marcas fabricó en su día revólveres de 2” con peso muy bajo. Hoy por hoy, las pistolas subcompactas, son fabricadas en tamaños y pesos iguales o por debajo del de esos revólveres, y además con cargadores de más capacidad.

También es cierto que el mercado tiene revólveres de muy bajo peso, son revólveres construidos con titanio y que además de su bajo peso, pueden disparar cartuchos de los denominados “+P” (más potencia), son revólveres de mayor coste económico que los convencionales, por ejemplo los de la casa S&W norteamericana o la Brasileña Taurus, en cualquier caso, siguen estando en desventaja de capacidad frente a las pistolas modernas de tamaños y pesos similares.

Un argumento que a veces se oye a favor del revólver es, el de la mayor precisión “en general” frente a la pistola, esto es algo que puede ser cierto, pero NO es algo que en realidad pueda ser usado con fuerza como argumento en un enfrentamiento a vida o muerte, pues la inmensa mayoría de encuentro armados, se producen entre los 0 metros y 7 metros de distancia, sobre todo entre los 0 metros y los 3 metros. No olvidemos que estamos tratando de armas de defensa.

En otros tiempos, la gente usaba el revólver por aquello de que en general era más fácil hallar en el mercado munición más atractiva para defensa, algo que no era fácil que ocurriera con las pistolas, pero eso pasó a la historia y hoy en día es más fácil encontrar munición de proyectiles expansivos para defensa en calibres de pistola que no en calibres de revólver.

Solo soy partidario del uso del revólver frente a la pistola, en los casos de usuarios especialmente poco adiestrados o poco mentalizados. No cabe duda de que un revólver tiene un sistema de disparo y una manejabilidad tan sencilla que es muy difícil que se pueda entrar en la duda típica de… ¿La llevo o no la llevo en este instante con cartucho en recámara…? Sabiendo que el arma está en condiciones de servicio, sabemos que está siempre cargada, así pues, de producirse un accidente habría que buscar donde estuvo la negligencia por parte el usuario.

Yo recomiendo a los portadores de pistola, ya sean pistolas para el servicio o lo sean para usar cuando se está franco del mismo, que la porten con cartucho en recámara, eso sí, no sin antes entrenar profusamente en el manejo de dicha condición de porte, y en el tiro en D.A. También es cierto que a más de uno le he recomendado que dejase de portar el arma de ese modo, lo he tenido que aconsejar tras verlos manejar el arma y descubrir que desconocían no solo el manejo en cualquier condición sino que desconocían las mínimas normas de seguridad en el manejo del arma, cosa ésta muy peligrosa, sobre todo cuando se trabaja con cartucho en la recámara.

Llagados a este punto y para acabar, debo decir que soy de aquellos que siempre trata a cualquier arma como si estuviera cargada y así lo enseño a todos los que me atienden en explicaciones y clases de tiro, de ese modo se puede crear una mentalidad o conciencia de seguridad.

PUBLICADO EL 31 DE OCTUBRE DE 2008 EN ARMAS.ES “DIGITAL” Y EL 20 DE SEPTIEMBRE DE 2009 EN LA REVISTA Nº 81 WAR HEAT INTERNACIONAL

miércoles, 14 de abril de 2010

LEGALIDAD DE LAS PUNTAS HUECAS EN LAS F.Y.C.S. DE ESPAÑA

Ernesto Pérez Vera
Instructor de Tiro Policial y Defensivo

A menudo, se oye en los medios de comunicación que, las municiones con Puntas Huecas están totalmente prohibidas en España. Algunos dicen que, incluso están prohibidas para los propios agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. No solo los informadores de prensa se manifiestan en esos términos, sino que, es frecuente oír la misma afirmación de boca de agentes policiales, Jefes o Instructores de Tiro de las propias Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, esto último, es más lamentable que oírlo en la prensa no especializada.

Hasta cierto punto es comprensible que los periodistas o informadores de los medios de comunicación, cometan esos errores, metiéndose en pantanos de fango de los que no pueden o no saben salir. Es compresible porque ellos no son juristas ni son profesionales de las armas y la seguridad, y además, más justificación tienen al errar en sus aseveraciones, cuando descubren al público, que la fuente de información periodística es un funcionario de la F. y C. S.

Con frecuencia, y ligereza, a los agentes policiales, tenga la categoría profesional que tenga y sean del Cuerpo que sea, se les suele considerar expertos en determinadas materias, principalmente, en estos asuntos.

De una vez por todas, se debe zanjar el tema de la legalidad de las Puntas Huecas en España. Y también de una vez por todas, digamos a los seudo expertos aquello de: ‹‹zapatero, a tus zapatos››

Para entender un tema hay que estudiarlo, y además, a fondo y pormenorizadamente, eso, es lo que haremos, ahora, aquí con el vigente Reglamento de Armas y con los proyectiles de Punta Hueca.

El Real Decreto 137/93 de 29 de enero, aprueba el Reglamento de Armas, actualmente en vigor, y en su artículo 1º, 4º dice textualmente:

QUEDAN EXCLUIDOS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE ESTE REGLAMENTO, Y SE REGIRAN POR LA NORMA ESPECIAL DICTADA AL EFECTO, LA ADQUISICIÓN, TENENCIA Y USO DE LAS ARMAS POR LAS FUERZAS ARMADAS Y LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD. PARA EL DESARROLLO DE SUS FUNCIONES TAMBIÉN QUEDAN EXCLUIDOS LOS ESTABLECIMIENTOS E INSTALACIONES DE DICHAS FUERZAS Y CUERPOS

Otro artículo de esta, vigente, norma jurídica, es también de especial interés en el tema que nos ocupa, me estoy refiriendo al artículo 5º, f. Este artículo dice:

Artículo 5º “QUEDA PROHIBIDA LA PUBLICIDAD, COMPRA VENTA, TENENCIA Y USO, SALVO POR FUNCIONARIOS ESPECIALMENTE HABILITADOS, Y DE ACUERDO CON LO QUE DISPONGAN LAS RESPECTIVAS NORMAS REGLAMENTARIAS DE:”

f.- “LAS MUNICIONES PARA PISTOLAS Y REVÓLVERES CON PROYECTILES DUM-DUM O DE PUNTA HUECA, ASÍ COMO LOS PROPIOS PROYECTILES.”

De todo lo anteriormente expresado, y, textualmente, extraído del Reglamento de Armas, se desprende sin género de dudas que:

1º.- En España, la cartuchería de Punta Hueca, solo está prohibida para ser usada por armas cortas (pistolas y revólveres) así pues en armas largas se pueden usar. De hecho, son las más usadas en monterías o caza mayor, naturalmente, con armas largas. No obstante, existen armas largas, en nuestro país, que están recamaradas en calibres tradicionalmente de pistola o revólver, por ello, es muy habitual ver a personas que, en cacerías o clubes de tiro, usan carabinas de cerrojo, palanca o semiautomáticas, en calibres tales como: 9mm Parabellum ó .357 Magnum, por ejemplo.

Quiere eso decir que, un usuario de carabina, del calibre 9mm Parabellum, podrá adquirir y usar de modo legal munición con Punta Hueca, aún siendo ese tirador, un civil “de arma larga”. Pero NO podrá usar en sus armas cortas (si las poseyera) esos mismos cartuchos.

2º.- Otro punto que debe quedar claro tras el análisis de los artículos precedentes es que, los funcionarios especialmente habilitados, SÍ pueden portar y usar los cartuchos de Punta Hueca. El dilema es… ¿Quiénes son esos funcionarios ESPECIALMENTE HABILITADOS de los que habla el Reglamento de Armas…?. La respuesta es tan sencilla, que la gente no la ve, aún estando en sus narices. A menudo la gente que habla de estos temas dice, y lo dice por que lo cree, y lo cree porque lo oyó a alguien a quien consideró experto que, solo agentes de unidades especiales del Cuerpo Nacional de Policía o de la Guardia Civil, están autorizados para hacer uso de las Puntas Huecas en sus armas.

Es un error creer eso, la cosa es mucho más sencilla. Todo funcionario está obligado a usar el material que le sea entregado por su administración, así pues, y por ejemplo, será obligatorio que un agente de la G.C., utilice la munición que de dotación le es entregada por sus jefes o responsables de armamento y material; del mismo modo ocurre en el C.N.P., y como no podría ser de otro modo, también en los cuerpos de Policía Local y Autonómicos, ocurre lo mismo.

De este modo, si el Ayuntamiento, en el caso de Cuerpos de Policía Local, adquiere munición de punta de plomo y la entrega a sus funcionarios, esa debe ser la munición a emplear de modo oficial y reglamentario, por los agentes. Y si el Ayuntamiento, por consejo de un especialista, decide adquirir munición de Punta Hueca, y con ella dotar a sus agentes, pues ya, se debe tener a tal munición por material reglamentariamente adjudicado.

3º.- El punto anterior está directamente ligado al hecho de que, el artículo 1º, 4º del Reglamento de Armas, dejó meridianamente claro, lo siguiente: las F. y C.S. (CNP, GC, Cuerpo dependientes de las Comunidades Autónomas y Cuerpos de Policía Local) están excluidos de la aplicación del Reglamento de Armas, en lo que concierne a ADQUISICIÓN, TENENCIA Y USO DE ARMAS. Eso, incluye un componente tan vital como son los cartuchos que usan esas armas.

De forma clara, se entiende que cada Cuerpo dictará normas al respecto, así pues el Cuerpo de Policía Local que con buen criterio decide adquirir cartuchos de Punta Hueca, para entregar a sus agentes, podrá hacerlo sin ningún tipo de temor o cortapisa por parte de la Intervención de Armas de la Guardia Civil. Pese a parecer tan sencillo, y lo es, es muy frecuente detectar reticencias por parte de las Intervenciones de Armas de la GC, no se si por desconocimiento, o si lo hacen por otros motivos, pero el caso es que las reticencias, existen. A veces, creo que, también por complejos y prejuicios de los solicitantes.

Una vez aclarados puntos vitales; sería bueno dejar plasmado aquí aunque sea de una forma muy somera y básica, las ventajas de la cartuchería de Punta Hueca.

Dos son las ventajas que más se pueden destacar, en este tipo de cartuchos, frente a los usados de modo tradicional en nuestras F. y C.S. El más ventajoso de los factores es el de la mayor Transferencia de Energía al cuerpo impactado, entendiendo, en este caso, por Transferencia de Energía: ‹‹la capacidad que tiene un proyectil para transferir la energía, que aún pudiera conservar, al cuerpo contra el que impacta››

A mayor transferencia, más deformación del proyectil (variación de su forma) y a más deformación de ese proyectil, más masa será destruida, en el cuerpo impactado. Con una mayor deformación, también será mayor, la herida provocada en el impacto y durante la penetración y recorrido a través de los órganos afectos. El canal de salida de sangre, también debería ser mayor.

Es un error, muy común, creer, y decir que, la Punta Hueca es más perjudicial para el uso policial, o decir aquella frase que con frecuencia se oye en prensa y tertulias, y que viene a decir eso de: “la Punta Hueca MATA más..”. Insisto en que es un error. Si usamos Punta Hueca, de cierta calidad, en un caso de legítima defensa amparada por nuestro ordenamiento jurídico, y siempre que, ese o esos disparos se coloquen en la zona del cuerpo deseado, es más que probable que, con pocos disparos dejemos fuera de combate al agresor.

Quizás con uno o dos disparos bien “colocados”, consigamos un K.O. Mientras que, con proyectiles de plomo, blindados o semiblindados y situando los impactos en la misma zona del cuerpo, es, casi seguro que, el sujeto continuará en su intento de abatirnos, obligándonos a seguir disparando contra él. Por ello, a veces, para derribar y neutralizar una agresión, se deben hacer uso de demasiados impactos contra el atacante, mientras que, en la mayoría de ocasiones en que se usó proyectil de Punta Hueca, con pocos disparos se pudo neutralizar el avance lesivo del atacante.

Como ejemplo de lo anteriormente expresado, recordemos el caso real siguiente: El 28 de noviembre de 2008 en la ciudad alicantina de Petrer, se produjo un tiroteo entre dos atracadores, de una entidad bancaria, y agentes de la P.L. y del C.N.P. Como resultado de la refriega, dos agentes del C.N.P. resultaron heridos por los disparos, uno de ellos recibió tres impactos, de los cuales uno, impactó en la mandíbula. Los atracadores también recibieron varios disparos. Uno de los delincuentes acabó herido por dos impactos en el pecho y el otro falleció tras recibir siete impactos repartidos por distintas partes de su cuerpo. Incluso cuando, el atracador, ya había recibido los tres primeros disparos, seguía esgrimiendo su arma, en dirección a los agentes. En este caso, los agentes de ambos cuerpos, usaron proyectiles semiblindados tradicionales.

Siempre será mejor justificar judicialmente dos disparos, aunque sean de Punta Hueca, en el cuerpo del agresor, que no tener que justificar siete disparos con proyectiles de los más tradicionales y comunes, como son: los de plomo, los blindados o los semiblindados. Los tres tipos de proyectiles referidos, son los más ampliamente usados en España, no solo a nivel policial y defensivo, sino deportivamente.

La segunda ventaja que aporta la Punta Hueca frente a las tradicionales “puntas” es, la menor sobrepenetración. Quiere eso decir que, un proyectil tradicional de los mencionados antes, es capaz de provocar heridas graves a terceros una vez que, el proyectil, atraviese el cuerpo del sujeto primeramente elegido como objetivo. De hecho es muy habitual que los proyectiles comunes, sobrepenetren sus blancos y continúen un errático recorrido, sin que el tirador que los disparó, pueda predecir donde, cuando y contra que objetivo se detendrá en su recorrido. (Ocurrió en Madrid hace un año, durante un tiroteo en plena calle)

Las Puntas Huecas, dada su mayor facilidad de deformación al impactar, y durante la transferencia de energía, no suelen abandonar el cuerpo impactado, quedando, normalmente, alojados en algún órgano corporal, del sujeto que recibió el disparo. En los casos en que sí abandona el cuerpo impactado, suelen hacerlo con poca capacidad lesiva, evitando con ello daños colaterales. Tengan siempre presentes esta frase: ‹‹CUANDO UNA BALA NO DA EN SU OBJETIVO, ES QUE NO DA DONDE QUERÍAMOS Y SI NO DA DONDE QUERÍAMOS...DARÁ DONDE NO QUERÍAMOS››

Son muchos los que aún creen que las puntas semiblindadas y las de plomo, aventajan a las blindadas de igual calibre, en lo relativo a efectos favorables a la incapacitación física del agresor, es un error, créanme. Las puntas de plomo, blindadas, frangibles y semiblindadas se comportan casi de idéntica forma, siempre que impacte en las mismas zonas corporales. De verdad, las diferencias son mínimas. Este tema lo dejamos para otro artículo aparte, porque da para escribir mucho.

A modo de referencia y ejemplo, puedo decir que son muchos los Cuerpos de Policía Local en nuestro país, los que usan como dotación oficial diversos tipos de cartuchos con Puntas Huecas. Recientemente la P.L. de Alcázar de San Juan, en Ciudad Real, con una plantilla de agentes bastante reducida, ha comenzado a portar cartuchos Remington Golden Saber HPJ en sus armas de dotación.

Casi al mismo tiempo, varias plantillas de P.L. de la C.A. de Extremadura, de Madrid y de la Provincia andaluza de Córdoba, han entregado este tipo de cartuchos, a sus agentes. Hace tiempo, quizás más de quince años, se comenzó a entregar de modo oficial a los agentes de P.L. de Rianxo, en la provincia La Coruña, este mismo tipo de cartuchería para sus pistolas Glock. Por cierto, fueron casi pioneros en España, en el empleo de esta marca de pistolas. Podría seguir enumerando más municipios, en los que se usan cartuchos de Punta Hueca, pero me quedo solo con estos pocos ejemplos de ciudades, donde, me atrevo a decir que, existe poca incidencia criminal, pero aún así, tienen agentes que van especialmente bien dotados de material. Seguramente, se dejaron asesorar eficazmente por un profesional del tema

A nivel de cuerpos estatales, también se usan. En sus armas cortas y subfusiles, por ejemplo, los agentes del GEO, UEI y GOES, usan munición de punta hueca, normalmente, Golde Saber. También, algunas unidades, o equipos de protección de personalidades, usan este tipo de cartuchos.■

PUBLICADO EN REVISTA ARMAS.ES Nº13 DE DICIEMBRE/ENERO 08/09
PUBLICADO EN REVISTA WAR HEAT INT. Nº83 DE NOVIEMBRE DE 2009

miércoles, 7 de abril de 2010

AGENTES DE LA POLICIA LOCAL DE TARIFA DETIENEN A 4 PERSONAS

Agentes de la Policía Local detuvieron la pasada madrugada a 4 súbditos portugueses por un presunto delito contra la salud pública.

Sobre las doce y media de la noche del pasado lunes día 5, agentes pertenecientes al GOIP se percataron de los movimientos extraños que por parte de varios jóvenes se estaba llevando a cabo. Iniciado un seguimiento por parte de estos, y cuando los agentes deciden proceder a identificarlos, emprenden una huída por varias calles de la localidad, a la que se suma otra unidad del 092, siendo localizados a los pocos minutos en las proximidades del polideportivo Parque Feria.

Una vez realizadas las gestiones necesarias para conocer de su procedencia, los agentes comprueban que las cuatro personas interceptadas habían entrado a España procedente de Marruecos y que podrían estar actuando como “Mulas”, introduciendo drogas en España, utilizando como medio para ello su propio cuerpo. La intervención tuvo lugar gracias a las previas labores de información que realizaron agentes de las unidades del 092, al haber intervenido en días anteriores con los individuos y que pusieron tras la pista a los miembros del GOIP.
Los individuos fueron trasladados al Hospital Punta de Europa de Algeciras para que les realizaran un examen radiológico y fueran reconocidos por los facultativos. El centro sanitario confirmó las sospechas de los agentes, y les fueron diagnosticadas numerosas “bellotas” en su interior, de lo que presumiblemente era hachís. Una vez detenidos e instruidas las diligencias pertinentes, estos son trasladados a las dependencias de la Guardia Civil, donde han tenido que ser custodiados por agentes de ambos Cuerpos hasta su puesta a disposición judicial.

Durante la misma noche, agentes del mismo cuerpo recuperaron un ciclomotor sustraído en Elche desde hacía unos dos años.

SOBREVIVIR AL ENFRENTAMIENTO

Ernesto Pérez Vera
Instructor de Tiro Policial y Defensivo


Poco o nada se habla en las escuelas y academias de policía, sobre el enfrentamiento armado y de las posibilidades de sobrevivir a él. Por ello, muchos agentes creen que jamás se verán en situación límite y que si tal situación se presenta, con llevar la pistola y mucha munición ya estarán preparados para enfrentarse a casi cualquier agresión. Otros más avispados y sinceros consigo mismo, a ese pensamiento, añaden la idea de que a las muchas balas hay que sumar las dos prácticas anuales que hacen en el Cuerpo de policía al que pertenecen (cuando se hacen). Y otros, mucho más realistas han analizado y estudiado el enfrentamiento armado y saben que no solo hacen falta las balas y el entrenamiento esporádico, sino que hay que entrenar mucho y de modo realista, o sea, entrenar de modo casi totalmente distinto a como se hace de manera oficial en el Cuerpo.

Por suerte cada día hay más profesionales encuadrados en el pensamiento o creencia que se ha manifestado en último lugar, del párrafo anterior. Pero para llegar a esas conclusiones, esos agentes han invertido tiempo y dinero en formación privada, cuando lo lógico sería que la administración que les otorga la facultad para poder realizar detenciones, portar armas y usarlas, les ofreciera no solo la formación adecuada sino que no les negara información sobre la cruda realidad de lo que puede pasar, incluso estando perfectamente formado y dotado; no quiero ya decir si no se está medianamente formado en técnicas profesionales defensivas y reactivas..

A esa verdad sobre el entrenamiento serio y realista, hay que unir otros factores no materiales; me refiero a la adecuada forma física y al deseo natural de sobrevivir, ambos son tan fundamentales como las armas y las muchas balas de las que se hablaba al principio.

La buena forma física se puede adquirir con el entrenamiento deportivo frecuente. Con un poco de deporte varias veces a la semana, se puede llegar a estar en un estado físico medianamente suficiente como para poder soportar determinados ataques físicos. No pretendo decir que todos y cada uno de los agentes policiales sean atletas olímpicos, pero sí es deseable tener una mediana capacidad cardiopulmonar y muscular, que permita luchar o correr sin riesgo de que nos entreguemos al enemigo por falta de fuerza y resistencia, o sin riesgo de que el agente sufra un infarto. De esto último conozco dos casos cercanos, uno con resultado de muerte.

De todos modos, cuando llega el momento real del enfrentamiento con riesgo inminente para la vida, el cuerpo sufrirá unos cambios hormonales automáticos (1) (cambios no controlados por el sujeto) que ayudarán al agente a potenciar sus capacidades físicas hasta límites que ni él mismo hubiera imaginado jamás.
Pero pese a tener buena forma física, incluso inmejorable, pese a tener las mejores armas y el mejor entrenamiento con ellas en la galería, el principal factor que puede hacer que un ser humano sobreviva al enfrentamiento criminal o al menos lo intente hasta agotar los últimos recursos es, LA MENTE.

La mente es la más eficaz de “las armas” que un operativo (del ser humano en general) puede usar en su defensa o incluso en el ataque. La resuelta y decidida voluntad de sobrevivir a un ataque, es algo que no todos los seres humanos poseen, es más, está acreditado y muchos de vosotros en vuestro entorno seguro que conocen casos de profesionales bien entrenados física y tácticamente, además de dotados de material adecuado, que han fracasado ante una agresión violenta sin que pudieran hacerle frente, y no por falta de tiempo de reacción, sino por falta de coraje en ese instante, por falta de instinto y por falta de planteamientos previos y reales que vayan adecuando a la mente y a al cuerpo para lo que ocurre o puede ocurrir en esas situaciones límite.

Es cierto que desde que, una persona detecta la agresión y actúa, pasa un tiempo. Ese tiempo será mayor o menor en virtud de la formación técnica y táctica que se posea y de las circunstancias concretas del momento, pero una vez se ha detectado la agresión, se resuelve actuar y finalmente se actúa. Entonces queda solo un factor en juego, el deseo natural de sobrevivir a toda costa. Un estado de alerta permanente ayuda a recortar tiempos de reacción, ya que la alerta puede detectar indicios de agresión previos a la ejecución y ayudarán al operativo a preparar la defensa o evitar el ataque.

El instinto de supervivencia no es alcanzable mediante entrenamiento, no es logrado por tener más o menos munición, ni mejor o peor material o arma. Ese instinto animal de sobrevivir incluso quintando para ello la vida del atacante, o se tiene o no se tiene.

Al igual que se puede afirmar que cuando una persona ha decidido y resuelto atacar mortalmente a otra, lo va a lograr (el ataque), sea cual sea el resultado final, el cual puede variar en virtud de circunstancias externas, pero el ataque con intención criminal, lo lleva a cabo; podemos decir que si un agente NO se ha convencido a sí mismo de que algún día puede llegar el momento de salvar su vida quitando otra…es posible que llegado ese crucial momento, no actúe de forma eficaz o simplemente no reaccione y quede a merced de su atacante.

Concluyendo:
Los factores que pueden determinar que un enfrentamiento armado o no armado, pero criminal, acabe de modo positivo para el agente, podrían ser los siguientes.

1º.- Estado de alerta media o alta siempre que se esté de servicio y a veces y según los casos, también cuando se esta franco del mismo.

2º.- Una aceptable forma física proporcional a la edad y demás circunstancias personales.

3º.- Equipo básico policial y complementos adecuados, así como correcto conocimiento del empleo de los mismos.

4º.- Formación táctica y técnica de intervención policial y tiro reactivo, llevada a cabo de modo muy sincero y realista.

5º.- Mentalización de la crueldad que conlleva un ataque mortal y las consecuencias de una respuesta defensiva extrema. Esta mentalización, quizás sea la única forma de alcanzar el deseo de sobrevivir a toda costa, agudizando el instinto animal, que se tiene o no se tiene. (En realidad todo el mundo lo tiene, eso sí, más o menos desarrollado)

(1) Ver revista TODO SEGURIDAD publicada en mes de octubre de 2008 y Revista War Heat Internacional del mes de junio de 2009 –artículo sobre cambios FISIOLÓGICOS que sufre el cuerpo humano ante situaciones límite-. Mismo autor.

PUBLICADO EN LA REVISTA TODO SEGURIDAD Nº 17 EN DICIEMBRE/ENERO 08/09; y REVISTA Nº 79 DE WAR HEAT INTERNACIONAL DE JULIO DE 2009